PROCEDIMIENTO PARA GESTIONAR LA LICENCIA ESPECIAL DEPORTIVA
LEY NACIONAL 20596
Para gestionar ante la F.C.G. el beneficio de la Licencia
Especial Deportiva, deberá hacerlo según las consideraciones siguientes:
1) Los formularios de Solicitud
de Licencias especial y deportiva de los/las gimnastas, entrenadores y/o
jueces; deben ser presentados para la certificación federativa, con un mínimo
de 15 días de anticipación al inicio de la licencia que se solicita, pudiendo
retirarlas a partir de la semana posterior a su presentación.
2) La gestión ante la FCG de
solicitud de Licencia especial deportiva (Etapa de certificación del evento),
debe realizarla la institución (TRAMITE INSTITUCIONAL) presentando mediante persona debidamente autorizada, en un único trámite, todos los
formularios correctamente confeccionados por cada evento que se requieran.
3) No se aceptan trámites de
licencia de manera particular o individual con los padres de cada deportista,
gimnastas, entrenadores o jueces. La Institución debe ocuparse de gestionar los
certificados de las Licencias, agrupando a todos los interesados y presentando
los formularios todos juntos en un sobre rotulado con el nombre de la
institución y en UN SOLO ACTO cada vez que se avecine el Evento para el cual los
interesados requieren gozar del beneficio.
4) El Sobre podrá ser presentado
y recibido en Miguel Arrambide 6166, Córdoba, Los días hábiles Lunes o
Miércoles de 9:30 a 11:00 hs. (No se
recibirán Solicitudes fuera de esos días y horarios).
5) El error en la confección de
los datos solicitados en el formulario, como así también, la presentación fuera
del término establecido, será motivo de “Rechazo” y “Devolución” del formulario presentado.
6) Con respecto a los campos que
deben completarse en el formulario respectivo, con los datos del evento para su
certificación, las fechas solicitadas de salida de la ciudad de Córdoba y
regreso, y el nombre de la ciudad a
donde realizarán el viaje, deben ser colocadas en función del programa oficial
del evento en cuestión sin excesos en el período de licencia solicitado. Cualquier dato incorrecto, por error
voluntario o involuntario, será considerado para tratamiento de la Comisión de disciplina. Cada institución debe controlar la correcta confección de los formularios, siendo solidariamente responsable con el causante, por la veracidad de los mismos.
7) La Licencia especial deportiva, es un beneficio exclusivo para la
cobertura en eventos oficiales federativos. No se solicitan ni se reciben formularios
de licencias deportivas para otros tipos de eventos que no estén reconocidos
por la FCG.
8) Para retirar el trámite
solicitado, podrá hacerlo un representante debidamente autorizado de la institución que gestionó el
trámite, en los días y horarios mencionados en el punto 4, a partir de la semana posterior de
presentado en el domicilio consignado también en el punto 4.
9) Una vez entregado el trámite
de certificación del evento a la institución interesada, la etapa del mismo,
correspondiente a la FCG, se da por concluida, continuando el mismo por cuenta
del o los interesados.
10) Posterior a la devolución del
formulario ya certificado, los interesados deberán gestionar la conclusión del
trámite ante Deporte Federado de la Agencia Córdoba Deportes por sus propios
medios.
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